Bienvenido o bienvenida a una nueva entrada en este blog. Mi nombre es Noelia y voy a aprovechar la oportunidad que me brindaron las personas del grupo 11 para hablar de un tema el cual, desde un punto de vista personal, es muy interesante: La Orientación Laboral y las personas con discapacidad.
Las personas con discapacidad son uno de los colectivos que presentan mayor dificultad en la búsqueda de empleo, junto a las mujeres o personas de más de 45 años. La causa de esto es la barrera social que se crea con base en el estigma y la no aceptación de este colectivo. El INE recoge que en el año 2018 la tasa de ocupación de personas con discapacidad era de un 25,8% y que la tasa de paro se situaba en un 25,2%.
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Imagen I |
- El Real Decreto Legislativo 1/2013, en el artículo 42, recoge que las empresas públicas y privadas que tengan más de 50 personas contratadas, están obligadas a contratar, al menos, 2 personas con discapacidad por cada 100 personas sin discapacidad. Además, aquellas empresas que contraten a estas personas, podrán beneficiarse de subvenciones y bonificaciones. Estas pueden variar en función del sexo y edad de la persona contratada. Para saber más sobre estas bonificaciones, os dejo el enlace a un documento donde se recogen de forma clara.
- Para las ofertas de empleo público, recogidas en el Real Decreto Legislativo 5/2015, se reserva un cupo específico, no inferior al 7%, de las plazas para personas con discapacidad.
- Otra vía de acceso al mercado laboral para las personas con discapacidad son los Centros Especiales de Empleo (CEE). Estos son empresas públicas y privadas que combinan la viabilidad económica y la participación en el mercado de trabajo, con el compromiso social con aquellos colectivos con mayores dificultades de contratación. Siguen la misma estructura y organización que las empresas ordinarias, pero con una variante: su plantilla está compuestas por, al menos, un 70% de personas con discapacidad. Además de ofrecer un empleo a estas personas, también ofrecen formación y apoyo, promoviendo en todo momento el tránsito a una empresa ordinaria.
- Por último, está la vía de empleo por cuenta propia. Tanto si la persona se establece como autónoma por necesidad como por oportunidad, contará con ayudas, reducciones y bonificaciones en la Seguridad Social. Para poder beneficiarse de estas ayudas, la persona deberá darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores/Trabajadoras Autónomos/Autónomas.
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Imagen II Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones |
Para poder beneficiarse de todas estas medidas es necesario que la persona cuente con el Certificado de Discapacidad.
Dentro de la orientación laboral a personas con discapacidad, se debe mencionar y tener muy en cuenta a las mujeres con discapacidad. Estas suelen ser objeto de una doble discriminación por ser mujeres y por tener una discapacidad. El motivo principal es la estereotipación de las cualidades de las mujeres, ligadas a sentimientos y de los hombres, ligadas con lo intelectual.
La doble discriminación, en ocasiones se convierte en triple discriminación. Esta se da cuando una mujer tiene una discapacidad y esta es intelectual. Esto conlleva que haya un mayor índice de marginación en mujeres que en hombres con discapacidad. Los índices de alfabetización de ellas es inferior a de ellos, lo que dificulta su inserción laboral.
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